“ESTRATEGIAS Y ACCIONES EN ZONAS DESFAVORECIDAS DE ANDALUCÍA QUE APOYAN Y MEJORAN LOS PROCESOS DE INCLUSIÓN SOCIOFAMILIAR EN FAMILIAS CON MENORES EN SITUACIÓN DE ABSENTISMO Y/O VULNERABILIDAD SOCIAL”
La Dirección General de Protección Social y Barriadas de Actuación Preferente de la Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad de la Junta de Andalucía ha puesto en marcha el Proyecto Piloto “Estrategias y Acciones en Zonas Desfavorecidas de Andalucía que apoyan y mejoran los procesos de inclusión sociofamiliar en familias con menores en situación de absentismo y/o vulnerabilidad social”, conocido como POPI, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia financiado con Fondos del Programa Next Generation de la Unión Europea a través del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones.
El objeto de este proyecto piloto es la puesta en marcha de Itinerarios de Inclusión Sociofamiliar para familias que se encuentren en situación de vulnerabilidad y/o exclusión social, residan en las zonas desfavorecidas de Andalucía determinadas en la Estrategia Regional Andaluza para la Cohesión e Inclusión Social (ERACIS) y tengan a su cargo menores, con edades comprendidas entre 6 y 16 años, en situación de absentismo y/o vulnerabilidad social. Además, las familias participantes deberán ser perceptoras o potenciales beneficiarias del Ingreso Mínimo Vital o de la Renta Mínima de Inserción Social en Andalucía. Su objetivo principal es el desarrollo de estrategias y acciones que apoyen y mejoren los procesos de inclusión sociofamiliar en familias con menores en situación de absentismo y vulnerabilidad social en zonas desfavorecidas.
La hipótesis en la que se sustenta la puesta en marcha del presente estudio es la afirmación de que el trabajo desde una perspectiva holística, abordando la complejidad de las dinámicas individuales y familiares que se dan en familias en situación de vulnerabilidad y exclusión social, incide de manera significativa en la reducción del absentismo, el aumento del éxito educativo y la disminución del abandono escolar temprano, mejorando sensiblemente sus procesos de inclusión social.
La Delegación de Servicios Sociales del Ayuntamiento de Córdoba colabora en la ejecución del Proyecto actuando en las zonas de Moreras, Palmeras, Sector Sur y Barrio de Guadalquivir, para lo cual ha incorporado cuatro equipos de intervención formados por profesionales del trabajo social, educación social, psicología.
La intervención se lleva a cabo desde los Centros de Servicios Sociales Comunitarios correspondientes a cada una de las zonas y está marcada por las siguientes líneas de trabajo:
Línea 1: Actuaciones con unidades familiares.
Línea 2: Actuaciones con menores.
Línea 3: Actuaciones con personas adultas.
Línea 4: Coordinación entre Servicios Sociales y Educación.
Entre los objetivos específicos que se plantean están los siguientes:
Mejorar la parentalidad y marentalidad positiva que generan autonomía en las personas componentes de la unidad familiar.
Mejorar la comunicación, vínculos y cohesión familiar.
Mejorar la organización, planificación familiar y el control parental/marental.
Mejorar las habilidades sociales: comunicación, selectividad y gestión de conflictos.
Afianzar y ampliar el aprendizaje de las competencias básicas.
Mejorar el rendimiento escolar y de su motivación.
Fomentar competencias de organización, planificación y desarrollo en relación con el estudio y desarrollo de tareas educativas diversas.
Fortalecer su autoestima y autoconfianza y habilidades sociales de relación en el medio escolar y social.
Mejorar la autonomía individual de las personas adultas.
El plazo de ejecución no deberá de exceder la fecha límite del 30 de Noviembre de 2023
Extracto del Reglamento de Régimen interno de los Centros de Servicios Sociales Comunitarios
CAPÍTULO II.- DERECHOS Y DEBERES DE LAS PERSONAS USUARIAS
Artículo 10.- Derechos
Las personas usuarias o beneficiarias de prestaciones y servicios de los Centros de Servicios Sociales Comunitarios tienen derecho a:
Artículo 11.- Deberes
1. Son deberes u obligaciones de las personas usuarias, además de los exigidos en el Ordenamiento jurídico:
2. Los derechos y deberes enunciados en el anterior artículo y en este estarán expuestos al público en los tablones de anuncios de los Centros de Servicios Sociales Comunitarios y en los medios de difusión pertinentes (página web de Servicios Sociales Municipales).
Artículo 12.- Causas de baja
Las personas usuarias producirán baja en el respectivo servicio o programa del Centro por alguna de las causas que se relacionan, sin perjuicio de los derechos que les correspondan:
Capítulo VI RÉGIMEN SANCIONADOR
Artículo 31.- Clases de faltas
Las personas usuarias podrán ser sancionadas únicamente por la comisión de faltas leves, graves y muy graves tipificadas como tales en este Reglamento; incidiendo en la gravedad de la falta, en su caso, las circunstancias de intencionalidad, perturbación del normal funcionamiento del CSSC y reiteración o reincidencia.
Artículo 32.- Faltas leves
Artículo 33.- Faltas graves
Artículo 34.- Faltas muy graves
Artículo 35.- Sanciones
1. Al margen de la responsabilidad civil o penal en que se incurra, las sanciones por la comisión de las distintas faltas serán:
2. La acción sancionadora caducará, a los efectos previstos en la legislación aplicable, transcurridos tres meses por causa no imputable a la persona interesada. La prescripción de las infracciones reguladas en este Reglamento se producirá a los tres meses si son graves y a los seis meses si son muy graves.
Servicios Sociales Comunitarios
Son la estructura básica del Sistema Público de Servicios Sociales de Andalucía y están orientados a la obtención de mayor bienestar social y calidad de vida de la población andaluza, así como a prevenir y eliminar la marginación.
Se prestan desde los Centros de Servicios Sociales Comunitarios, a los cuales toda persona está adscrita en función del lugar de empadronamiento.
Los servicios que se prestan son:
...¿Qué son los Servicios Sociales Comunitarios? (página web de la Junta de Andalucía)
Los Centros de Servicios Sociales Comunitarios se encuentran en las Zonas de Trabajo Social, que en el municipio de Córdoba son 9 y, prácticamente, coinciden con la delimitación de los distritos municipales.
Servicio de Atención a la Dependencia
Información básica sobre el Sistema de reconocimiento de la Situación de Dependencia en Andalucía
Trámites sobre el servicio de atención a la Dependencia en LSE
Documento con Información básica sobre el sistema de reconocimiento de la situación de Dependencia: Descargar aquí
¿Que es "Dependencia"?
Se define Dependencia como:
"Estado de carácter permanente en que se encuentran las personas que, por razones derivadas de la edad, la enfermedad o la discapacidad, y ligadas a la falta o a la pérdida de autonomía física, mental, intelectual o sensorial, precisan de la atención de otra u otras personas o ayudas importantes para realizar actividades básicas de la vida diaria o, en el caso de las personas con discapacidad intelectual o enfermedad mental, de otros apoyos para su autonomía personal".
Solicitud
La solicitud puede presentarse en cualquier Centro municipal, con Registro de entrada, del Ayuntamiento de Córdoba (Capitulares, Centros Cívicos...)
Tramites de la Solicitud
La solicitud, junto con la documentación, se envía a la Junta de Andalucía (Agencia de la Dependencia).
Desde el Servicio de Valoración de la Dependencia de la Junta de Andalucía, se solicita Informe Médico al Centro de Salud del/la Dependiente.
Valoración de Dependencia
Desde el Servicio de Valoración de la Junta de Andalucía, Vd. recibirá la visita, en su domicilio habitual, del Valorador de la Dependencia, quién efectuará la valoración de las actividades básicas de la vida diaria.
Resolución
Efectuada la Valoración, Vd. recibirá comunicación, por escrito, del resultado de la misma, indicándole los recurso que corresponde a su Grado de Dependencia, con arreglo al calendario de implantación.
Plan Individual de Atención (PIA)
Desde la Agencia de la Dependencia de la Junta de Andalucía, se comunicará a los Centros de Servicios Sociales del Ayuntamiento, la pertinencia de realizar el PIA (Plan Individual de Atención) de/l@s dependientes con derecho a las prestaciones del Sistema.
Un/a Trabajador/a Social de su Centro de Servicios Sociales Comunitarios, contactará con Vd, en su domicilio habitual, para realizarlo, y en él se determinará el recurso más adecuado, de entre los disponibles del catálogo, previa consulta con la persona declarada en situación de dependencia o sus familias o representantes legales, pudiendo, en su caso, elegir entre las alternativas propuestas.
El PIA, una vez validado por la Agencia de la Dependencia, se envía a la Junta de Andalucía, junto con la documentación necesaria, que resolverá la/s prestaciones concedidas. Resolución que recibirá Vd. en su domicilio.
En esta resolución se determinará la participación en la financiación de lo recursos concedidos (artículo 33), en función del tipo y coste del servicio y de la capacidad económica personal.
Para mayor información
Servicio de Información de la Delegación de Igualdad, Salud y Politicas Sociales
Teléfono: 957 005472.
Atención al público , de 09:00 a 14 horas.
Centros de Servicios Sociales Comunitarios
Centros de Servicios Sociales ComunitariosCentros de Servicios Sociales Comunitarios del Ayuntamiento de Córdoba (en su barrio o distrito)
Trámites sobre el servicio de atención a la Dependencia en LSE
Portal de la Dependencia (Ministerio)